El escándalo por la licitación de la hidrovía llegó a la fiscalía que investiga la corrupción gubernamental
Con sólidos argumentos, Dredging International NV Sucursal Argentina se presentó ante la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. Se denunciaron los “graves vicios y arbitrariedades” del proceso licitatorio.
Luego de la presentación en sede administrativa, el cuestionado proceso licitatorio de la hidrovía escaló a la fiscalía que investiga la corrupción gubernamental .
Dredging International NV Sucursal Argentina (DEME) se presentó ante la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (PIA) para denunciar que el “pliego incurre en serios defectos y arbitrariedades que afectan los principios esenciales de los procedimientos de contratación pública”.
En su escrito, DEME advirtió que la licitación podría convertirse en “una formalidad, sin que esté garantizada una competencia real entre los oferentes sobre bases igualitarias, no discriminatorias y razonables”.

Esto es así porque de manera obvia, el pliego está direccionado en favor de Jan De Nul y su rama local, Compañía Sud Americana de Dragados, quien actualmente realiza el servicio por una contratación directa de la Administración General de Puertos (AGP).
Todo esto sucede en momentos en que el Gobierno nacional se dispone a disolver la AGP y fusionarla en una agencia con la subsecretaría de Puertos y Vías Navegables.
Argumentos contundentes
A juicio de DEME, las tareas de dragado y de balizamiento son prácticas comunes en la infraestructura fluvial, y existen numerosas compañías internacionales con experiencia técnica en condiciones similares o más complejas que deberían poder participar de la licitación bajo condiciones de igualdad.
Requisitos económicos y técnicos irrazonables
El punteo que se releva en el escrito es contundente.
- Se requieren volúmenes mínimos ejecutados en un único proyecto y con equipos propios, de forma tal de distorsionar la experiencia técnica de los oferentes para favorecer el posicionamiento del dragador actual o de otra compañía del mismo grupo empresario.
- Se requiere acreditar una cantidad mínima de equipos propios, cuando ello no es necesario para garantizar la disponibilidad de los equipos. Esta exigencia no solo se aplica como requisito técnico, sino que también se requiere como exigencia para el cómputo de todos los antecedentes.
o experiencia específica en volúmenes totales de dragado
o experiencia específica en vías navegables similares a la VNT.
o volúmenes máximos mensuales bajo condiciones específicas de calado.
o experiencia específica regional.
o experiencia específica sobre obras de mantenimiento de profundidad permanente en los últimos 10 años
o experiencia específica del representante técnico en los últimos 10 años en Argentina.
- Criterios incorrectos para la evaluación financiera: al sobrevalorarse las ratios financieras, se permite que empresas con ratios de solvencia innecesariamente altos (por ejemplo, en virtud de la imposibilidad de distribuir dividendos por aplicación de los controles de cambios) se diferencien artificialmente de sus competidores. Este requisito favorece en forma injustificada determinado perfil financiero, coincidente con el del actual dragador de la VNT (Jan De Nul) y su grupo empresario (Compañía Sud Americana de Dragados)..
- Ausencia de parámetros objetivos para evaluar la propuesta metodológica y el plan de trabajo.
- Arbitrariedad de la evaluación de los factores económicos: infravaloración de las ofertas económicas.
- Exiguo plazo para la presentación de ofertas establecido en la Disposición 34: es incompatible con la dinámica propia de una licitación nacional e internacional.
- Ilegítima garantía de impugnación: por su propia naturaleza (contraria al principio de gratuidad previsto en la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549, la “LPA”) y por la irracionabilidad de su monto.
- Uniones transitorias de empresas: se ha vedado su utilización injustificadamente.
- Ausencia de etapa de observación de proyecto de pliego e instancias de participación ciudadana.

Contra la corrupción
La PIA integra la Procuración General de la Nación, como órgano especializado en la investigación de hechos de corrupción y de irregularidades administrativas cometidas por agentes de la Administración Nacional.
Se trata del personal que integra los organismos centralizados, descentralizados o entes en el que el Estado tiene participación; de modo que la Fiscalía no entiende sobre los hechos que tengan lugar en los Poderes Legislativo o Judicial de la Nación, como tampoco en las instancias de Gobierno provinciales o locales.
